¡CONTRA LA IMPUNIDAD DEL GENOCIDIO DEL
FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO DEL 19 DE JUNIO 1986!
¡EXIGIMOS SANCION PARA
LOS RESPONSABLES!
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El 19 de Junio de 1986, el
gobierno peruano encabezado por Alan García Pérez desencadenó el más
protervo y negro operativo de exterminio, violando incluso elementales
leyes de guerra consagradas universalmente como las de Ginebra,
movilizando al Ejército, la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea y las
Fuerzas Policiales bajo el Comando Conjunto consumó el más infame
genocidio asesinando a más de 250 presos políticos y prisioneros de
guerra de los penales El Frontón, Lurigancho y El Callao que se habían
rebelado en defensa de sus propias vidas, demandando 26 reivindicaciones
muy justas y racionales, así el gobierno aprista se bañó una vez más en
la ardorosa sangre popular.
Los cadáveres de los prisioneros caídos en Lurigancho fueron regados en
los
cementerios desde Cañete hasta Barranca; de El Frontón, los pocos
cuerpos o
pedazos de ellos que aparecieron fueron dejados en los
cementerios de San Bartolo y Pachacamac, de los desaparecidos nunca más
se supo. A raíz de una resolución de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos de noviembre del 2002, que obliga al Estado peruano a hacer
todo el esfuerzo posible para localizar e identificar los restos de las
víctimas y entregarlos a sus familiares, se hizo una serie de
exhumaciones en diferentes cementerios. Se encontró restos de 118 muertos, de los cuales hasta la fecha se ha identificado sólo 31 que recientemente se ha empezado a entregar a sus familiares, faltando la idetificación de otras 87 víctimas que se ha postergando por falta de fondos económicos.
Los familiares reclaman que fueron excluidos por completo del proceso de exhumación y identificación de los restos, dudando y desconfiando que hayan sido correctamente evaluados y reconocidos y señaladas con precisión las causas de su muerte, y exigen que peritos de su confianza realicen nuevos exámenes.
DOCUMENTOS,
INFORMES Y PRONUNCIAMIENTOS
A 20 años de la matanza en los penales: ¡BASTA DE IMPUNIDAD! Familiares de El Frontón, ANFADET-CIDH, La Cantuta, AFAPREDEPP. Junio de 2006 »
¡EL MINISTERIO PUBLICO Y EL PODER JUDICIAL SON COMPLICES DE LA IMPUNIDAD DEL GENOCIDIO DE EL FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO DE JUNIO DE 1986!. Nota de prensa de la Afadevig. Mayo de 2006. »
ESTADO RESPONDERÁ ANTE LOS DEUDOS POR LA MATANZA DEL PENAL EL FRONTÓN EFECTUADA POR MANDATO DEL PRESIDENTE ALAN GARCÍA PÉREZ. Asociación Americana de Juristas. 14 de Abril de 2006. »
 
NUEVOS PERITAJES ANTROPÓLOGICO-FORENSES REVELARÍAN GRAVES EXCESOS EN EL FRONTÓN Alfredo Alí Alava. El Comercio- Lima. 10 de julio del 2005.»
 
¡CONTRA LA IMPUNIDAD DEL GENOCIDIO DE EL FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO, EXIGIMOS SANCION PARA LOS RESPONSABLES! APRODEH. 17 de junio del 2005.»
 
CONTINÚA IMPUNIDAD EN CASO EL FRONTÓN: Asociación de Familiares de Presos político, Desaparecidos y Víctimas de Genocidio (AFADEVIG). Junio de 2005.»
¡BASTA DE IMPUNIDAD EN CASO FRONTÓN! Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. 2 de diciembre del 2004 »
CASO EL FRONTON: UNA DENUNCIA TRAMPOSA Y CON DEMASIADOS EXCLUIDOS. Carlos Rivera. 10 de diciembre del 2004. »
FALLO DEL TRIBUNAL CONSTITUTCIONAL EN FAVOR DE LA SRA. JULIA IMELDA CHAVEZ, MADRE DE PETER CRUZ CHAVEZ, PRISIONERO POLÍTICO DESAPARECIDO DEL PENAL DE LURIGANCHO EL 19 DE JUNIO DE 1986. 20 de agosto del 2004. »
NOTA DE PRENSA CON MOTIVO DE LA ENTREGA DE LOS PRIMEROS RESTOS DE LAS VÍCTIMAS. Asociación de Familiares de Presos Políticos, Desaparecidos y Víctimas de Genocidio - AFADEVIG. 5 de julio del 2004. »
¡CONTRA LA IMPUNIDAD DEL GENOCIDIO DEL FRONTÓN , LURIGANCHO Y CALLAO, EXIGIMOS SANCION PARA LOS RESPONSABLES! Asociación de Familiares de Presos Políticos, Desaparecidos y Víctimas de Genocidio. Junio del 2004 »
¡RECHAZAMOS LA
IMPUNIDAD DE LOS GENOCIDIOS DE EL FRONTÓN, LURIGANCHO Y CALLAO Y DE MAYO
92 EN CANTO GRANDE! Asociación de Familiares de Presos Políticos,
Desaparecidos y Víctimas de Genocidio. Enero 2004. »
RESTOS DE LAS VÍCTIMAS DE MATANZA DEL FRONTÓN ESTARÍAN EN 5 CEMENTERIOS. Artículo enviada a Indymedia Perú. 10/12/02 »
PROFUNDA PREOCUPACIÓN: FISCALIA ARCHIVA DENUNCIA CONTRA ALAN GARCIA PEREZ. Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. 25/04/02. »
SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO
DURAND Y UGARTE. 16-08-2000. »
DURAND Y UGARTE: DESAPARECIDOS EN eL FRONTÓN Carlos Rivera Paz del Instituto de Defensa Legal. 7/12/2001. »
SENTENCIA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN EL CASO NEIRA Y OTROS. 19-01-1995. »
CRONOLOGÍA DE LOS HECHOS:
18-06-1986 El
gobierno del entonces Presidente Alan García Pérez y el Comando
Conjunto de las Fuerzas Armadas informaron a través de comunicados
oficiales, que en las primeras horas del 18 de junio de 1986 se inició
un motín de los internos de los establecimientos penales San Juan
Bautista (El Frontón), San Pedro (Lurigancho) y Santa Bárbara del
Callao. En el transcurso de los días 18 y 19 de junio, el Gobierno
informó progresivamente a la opinión pública acerca del desarrollo de
las acciones realizadas para la debelación de estos motines y de la
resistencia armada que ofrecían los internos a las autoridades. (Véase
Informe Final de la CVR)
19-06-1986 La
noche del 19 de junio, se comunicó a la ciudadanía que las fuerzas del
orden habían tomado el control de los penales y que estas acciones
habían dejado como saldo un número indeterminado de internos muertos en
El Frontón y 124 muertos en el penal de Lurigancho, las que fueron
oficialmente atribuidas a su negativa a abandonar las fortificaciones
construidas por los mismos internos. Al amparo del estado de emergencia
existente, los penales fueron declarados zonas militares restringidas.
20-06-1986 El
entonces Senador de Izquierda Unida Javier Diez Canseco y algunos
medios de comunicación empezaron a divulgar información relacionada con
la presunta comisión de ejecuciones extrajudiciales contra internos que
se hallaban rendidos luego de producida la debelación y cuando los
penales ya se encontraban bajo control de las Fuerzas Armadas.
El gobierno promulgó el inconstitucional Decreto Supremo N° 006-86-JUS,
por medio del cual se declararon a los establecimientos penales como
"zonas militares restringidas".
21-06-1986 El
Gobierno admitió oficialmente la posibilidad de que en el penal de
Lurigancho se hubieran cometidos "excesos en el uso de la fuerza" e
informó haber ordenado al Fuero Militar una investigación sobre estos
hechos.
27-06-1986 El
propio Presidente Alan García Pérez admitió que existían evidencias de
la comisión de crímenes en el penal de Lurigancho por parte de la
Guardia Republicana y anunció el inicio de una investigación destinada
a castigar a todos los responsables de la matanza, con la célebre frase
"...o se van todos los responsables, o me voy yo...". Gracias al DS N°
006-86-JUS se permitió las investigaciones se realizaron en el Fuero
Militar.
22-08-1986 El
Congreso de la República dispuso la creación de una Comisión
Investigadora integrada por miembros del Senado.
27-08-1986 La Corte
Suprema de Justicia resolvió la contienda de competencia de la
investigación de los sucesos a favor del fuero castrense.
27-04 -1987 Los
familiares de los presos desaparecidos en El Frontón, Nolberto Durand y
Gabriel Ugarte, presentan ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos una denuncia por supuestas violaciones de derechos humanos en
agravio de sus parientes.
6-06-1987 La
justicia militar sobreseyó la causa determinándose la no
responsabilidad de los militares encausados.
Ante el Juzgado Militar Permanente se abrió un proceso penal que
identificó como presuntos responsables de los hechos en el penal de
Lurigancho al Coronel GRP Rolando Cabezas Alarcón y otros siete
efectivos policiales.
7-08- 1987 Después
de marchas y contramarchas finalmente se constituyó la Comisión
investigadora del Congreso presidida por el senador Rolando Ames.
31-08-1987
Familiares de Víctor Neira Alegría, Edgar Zenteno Escobar y William
Zenteno Escobar, víctimas del genocidio en el Frontón, presentan una
denuncia contra el Estado peruano ante la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
Diciembre 1987 La
Comisión Ames presentó dos informes, uno en mayoría y otro en minoría.
Ambos informes coinciden en cuanto a la sucesión de hechos y las
autoridades que participaron en los mismos; sin embargo, el informe en
mayoría atribuyó los "posibles excesos" a conductas exclusivamente
individuales, y consideró que no cabía responsabilidad de las
autoridades gubernamentales y militares involucradas, mientras el
informe en minoría concluyó que los hechos se produjeron debido a la
imprevisión del gobierno, que las órdenes impartidas por éste pusieron
en peligro la vida de los internos, que las fuerzas del orden hicieron
uso desproporcionado de la fuerza y cometieron ejecuciones
extrajudiciales y que el gobierno difundió información falsa y encubrió
los crímenes cometidos.
20-07-1989 El
Consejo Supremo de Justicia Militar ratificó que no había
responsabilidad en los militares que habían participado en el
debelamiento del motín e El Frontón. .
7-06-1990 La
resolución de la Sala Revisora del Fuero Militar confirmó la condena al
Coronel Rolando Cabezas Alarcón y elevó la pena del Teniente Javier
Marquina Bringas a diez años de penitenciaría y a los otros acusados a
penas entre dos años de prisión y treinta días de reclusión militar. De
otro lado, dejó sin efecto el extremo que ordenaba la apertura de
instrucción contra el General EP Ismael Araujo Vera y el General PNP
Raúl Jares Gago por los delitos de negligencia y desobediencia.
Agosto 1990 La
recientemente electa Cámara de Diputados nombró una Comisión Especial
Dictaminadora para que se pronunciara sobre la procedencia de una
acusación constitucional contra Alan García Pérez por los sucesos de
los penales.
10-10-1990 La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunció al Estado peruano
ante la Corte Interamericana por violaciones de los derechos humanos
en agravio Neira Alegría y Zenteno.
Diciembre 1990 El
dictamen de la Comisión opinó por la procedencia de la acusación contra
el ex Presidente, ante la Cámara de Senadores del Congreso de la
República. Sin embargo, el dictamen no fue aprobado por la Cámara de
Diputados y, en consecuencia, no procedió la acusación constitucional.
19-01-1995 La
Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia declarando
que el Estado peruano ha violado en perjuicio de Víctor Neira Alegría,
Edgar Zenteno Escobar y William Zenteno Escobar el derecho a la vida y
otros derechos estableciendo la obligación que el Perú indemnice a los
familiares de las víctimas.
19-01-1995 La Corte
Interamericana de Derechos Humanos dictó sentencia en el caso de Víctor
Neira Alegría, Edgar Zenteno y William Zenteno Escobar, declarando que
el Perú ha violado en su perjuicio el derecho a la vida y otros
derechos y estableciendo la obligación del Estado peruano a pagar a los
familiares de las víctimas, con ocasión de este proceso, una justa
indemnización compensatoria.
16-06-1995 En
aplicación de la Ley 26479 -Ley de Amnistía para los militares y
policías que habían cometido delitos en el curso de la guerra interna-,
el Consejo Supremo de Justicia Militar ordenó la inmediata libertad de
Rolando Cabezas Alarcón y la anulación de todos los antecedentes
generados a raíz del proceso seguido en su contra.
8-08-1996 La
Comisión Interamericana de Derechos Humanos denunció al Estado peruano
ante la Corte Interamericana por haber cometido actos violatorios de la
Convención Americana sobre Derechos Humanos en agravio de Nolberto
Durand y Gabriel Ugarte.
16-08-2000 La
Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió sentencia
responsabilizando al Estado peruano por diversas violaciones a la
Convención sobre Derechos Humanos en agravio de Nolberto Durand y
Gabriel Ugarte Rivera. En su resolución estableció la obligación del
Estado de reparar a los deudos de las víctimas y de "hacer todo el
esfuerzo posible para localizar e identificar los restos de las
víctimas y entregarlos a sus familiares, así como para investigar los
hechos y procesar y sancionar a los responsables". A consecuencia el
Estado peruano encargó el caso a la Cuadragésima Primera Fiscalía
Provincial Penal de Lima que lo acumuló a la investigación penal por el
delito de homicidio en perjuicio de 30 personas, entre las cuales se
encuentran Nolberto Durand Ugarte y Gabriel Pablo Ugarte Rivera.
11-10-2001 En
cumplimiento de lo dispuesto por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos en la sentencia de interpretación sobre el Caso Barrios Altos,
la Sala Plena del Consejo Supremo de Justicia Militar declaró nula la
resolución de amnistía, y ordenó el impedimento de salida del país de
Rolando Cabezas Alarcón.
3-12-2001 En una
audiencia ampliatoria la Corte Interamericana de DD.HH. fijó las
reparaciones para los familiares de las víctimas en el caso Durán y
Ugarte estableciendo aparte de la indemnización de los familiares,
reparaciones no pecuniarias, entre ellos que el Estado peruano debe
"investigar y sancionar a los responsables de los hechos ... y seguir
impulsando la investigación que se tramita ante la 41 Fiscalía Penal de
Lima, por el delito de homicidio en perjuicio de 30 personas, entre las
cuales se encuentran Nolberto Durand Ugarte y Gabriel Pablo Ugarte
Rivera".
19/20-05-2002 La
Cuadragésima Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima y la Sexta
Fiscalía Superior de Lima, del Ministerio Público archivaron la
investigación penal No. 308-01 relacionada con los sucesos de los
penales San Juan Bautista (exFrontón), San Pedro (Lurigancho) y Santa
Bárbara (Callao), a la cual se había acumulado el caso Durand y Ugarte.
20-05-2002 La
nueva Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzadas, Ejecuciones
Extrajudiciales y Exhumación recibió la investigación por el caso de
Nolberto Durand Ugarte y Gabriel Pablo Ugarte Rivera de la Sexta
Fiscalía Provincial Penal del Callao y abrió una nueva investigación.
23-11-2002
El Gobierno acordó indemnizar a los familiares de Nolberto Durán y
Gabriel Ugarte con US$ 125 mil a cada familia, en base a una sentencia
de la Corte Interamericana de DDHH sobre el caso.
26-11-2002 El
Consejo Supremo de Justicia Militar declaró "cosa juzgada" el proceso
judicial contra el personal militar y policial que intervino en el
debelamiento del motín en el penal El Frontón, en junio de 1986. Así lo
señaló al responder la sentencia de la Corte Interamericana de DDHH que
ordena investigar y sancionar a los responsables de la matanza.
27-11-2002 La Corte
Interamericana ratificó sus sentencias de Agosto 2000 y diciembre 2001
en el caso Durán y Ugarte, rechazando la posición del Estado peruano
que el caso era "cosa juzgada".
25-02-2003 Después
de varias postergaciones y notificaciones de la Corte Interamericana de
DDHH, el Ministerio Público inició la exhumación de 5 víctimas de la
matanza en la isla El Frontón.
1-04-2003 El Consejo
Supremo de Justicia Militar ordenó la captura de Rolando Cabezas
Alarcón para la ejecución de la condena impuesta. Este mandato judicial
se encuentra vigente; a pesar de ello, el oficial condenado goza
actualmente de libertad.
Mayo a diciembre 2003 La
Fiscalía Especializada recogió los testimonios de los sobrevivientes y
testigos oculares de los sucesos de El Frontón, quienes no sólo
confirmaron las ejecuciones extrajudiciales sino también la presencia
del entonces víceministro del Interior, Agustín Mantilla en la isla.
19-11-2003 Luis
Bromley, jefe del Instituto de Medicina Legal, informó que producto de
las exhumaciones realizadas en diferentes cementerios en Lima, Pucusana
y Cañete hasta ahora por el caso de la matanza de El Frontón, ocurrida
en 1986, se han recogido 3500 restos pertenecientes a unas 150
personas, cifra superior a las 118 víctimas registradas. Detalló que
las causas de las muertes de los internos amotinados fueron 3: por
proyectil, por derrumbe de paredes y por explosión de dinamita.
4-05-2005
El fiscal superior Edgar Chirinos ordena al fiscal provincial Mario Gonzáles reabrir la investigación contra el ex mandatario y todos los miembros del Consejo de Ministros de 1986 por su presunta responsabilidad en la matanza ocurrida en el penal El Frontón.
30-06-2004
El Instituto de Medicina Legal (IML) logró identificar a 31 víctimas del debelamiento de los motines carcelarios en los penales El Frontón y Santa Bárbara ocurrido el 18 y 19 de junio de 1986, cuyos restos serán entregados a sus familiares a partir del próximo 5 de julio.
Entre ellos están los de Nolberto Durand Ugarte, Víctor Raúl Neira Alegría y los hermanos William y Edgar Zenteno Escobar, para quienes la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) pidió encontrar e investigar las causas de su muerte.
3-07-2004
Ante la evidencia de nuevas pruebas, el abogado del Estado, que sigue el caso El Frontón, Julio Quintanilla, solicitará ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ordenar el impedimento de salida del país del ex presidente Alan García Pérez. Manifestó que el informe del Instituto de Medicina Legal determinó que muchos de los reclusos fueron ejecutados extrajudicialmente, por lo tanto, solicitará dicho pedido ante una posible evasión de la justicia.
5-07-2004
La Fiscalía entrega en la Morgue Central de Lima los restos de dos víctimas del genocidio en los penales a sus familiares. De otras dos sus familiares están realizando los trámites para trasladarlos a su tierra natal. Según el jefe del Instituto de Medicina Legal, Luis Bromley Coloma, durante toda la semana se entregará los restos de los 31 presos que hasta el momento han sido identificados.
Confirmó que la labor de identificación de 87 víctimas de la matanza de El Frontón, ocurrida en junio de 1986, se encuentra paralizada porque no hay dinero para efectuar el reconocimiento a través del método de ADN. Mientras tanto familiares de otras víctimas protestaban en la puerta de la institución exigiendo la participación de peritos de parte en los trabajos de medicina legal. Lea la declaración de la Asociación de Familiares de Presos Políticos, Desaparecidos y Víctimas de Genocidio - AFADEVIG del 5 de julio del 2004.
9-07-2004 El agente del Estado peruano ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Cidh) para el caso El Frontón, Julio Quintanilla solicitó una orden de impedimento de salida del país contra el ex presidente Alan García Pérez a la Fiscalía. Señaló que "de cada 20 cuerpos exhumados de cinco cementerios, 10 presentan impactos de proyectiles de armas de fuego que fueron disparados en el cráneo de los internos a corta distancia". Quintanilla adjuntó, además, las declaraciones contradictorias que rindieron ante la Fiscalía el ex presidente Alan García y su ex viceministro del Interior Agustín Mantilla Campos.
13-07-2004 El agente del Estado ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el caso El Frontón, Julio Quintanilla, solicitó a la fiscal de la Nación, Nelly Calderón, apartar de la investigación al magistrado Mario Gonzales porque ha adelantado opinión en pleno proceso y no ofrece ninguna garantía para la investigación. El fiscal Gonzales había declarado en un medio de comunicación que el fallo de la Corte, que exige una investigación sobre la muerte de unos 200 presos en un motín producido en el penal de El Frontón no ha "dispuesto necesariamente una denuncia penal".
17-07-2004 Por la insistencia de los familiares de las víctimas de El Frontón, el fiscal Mario Gonzales Díaz aceptó que dos peritos de parte participen en el proceso de identificación de los restos antes de ser entregados a los deudos. En un primer momento el fiscal había denegado el pedido indicando que la Corte Interamericana ordenaba la entrega de los cuerpos a sus parientes, que a pesar de participar en el largo proceso de identificación, nunca pidieron la presencia de otros peritos, lo que ahora retrasaría la entrega de los mismos.
19-08-04 El Tribunal Constitucional admitió un recurso de hábeas corpus interpuesto por la Asociación Americana de Juristas Rama del Perú y la madre de Peter Cruz Chavez, una de las víctimas de la matanza en el penal de Lurigancho del 19 de junio de 1986, ordenando que la Fiscalía de la Nación inicie la investigación por la desaparición del estudiante universitario y que el juez informe cada seis meses al Tribunal Constitucional sobre el estado del proceso.
20-08-04 La Asociacion Americana de Juristas, en conferencia de prensa realizada en el Colegio de Abogados de Lima, anunció que el Tribunal Constitucional ha fallado a favor de la Sra. Julia Imelda Chavez, quien presentó una Acción de Amparo el año 2003 reclamando por su hijo desaparecido Peter Cruz Chavez, prisionero político en el penal de Lurigancho durante el genocidio en los penales el 19 de junio de 1986 ejecutado por orden de Alan García Perez.
2-12-04 El fiscal Mario Gonzales formalizó la denuncia penal por el caso de El Frontón, acusando solo 11 militares por el presunto delito de homicidio calificado, con el agravante de ferocidad (uso de armas blancas y de fuego) y de explosión (uso de dinamita y otros combustibles), por la muerte de los 118 internos de la isla penitenciaria, mientras la investigación al ex presidente Alan García, al ex viceministro del Interior Agustín Mantilla y a otros miembros del gabinete ministerial aprista, quienes en junio de 1986 acordaron la intervención de la Marina en el penal El Frontón, fue archivado. La medida fue posible, porque el fiscal los encontró únicamente culpables de los delitos contra la seguridad pública y contra la administración pública, delitos menores que ya prescribieron.
Diciembre 2004
La Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) presentó una queja contra la exclusión de Alan Gacría de la denuncia penal ante el fiscal superior, Edgar Chirinos.
4-05-2005 El fiscal superior Edgar Chirinos ordenó al fiscal provincial Mario Gonzáles reabrir la investigación contra el ex mandatario y todos los miembros del Consejo de Ministros de 1986 por su presunta responsabilidad en esta matanza.
Junio de 2005 De acuerdo a un informe del Centro Andino de Investigaciones Antropológicas (Cenia) que a pedido de la Asociación Americana de Juristas llevó a cabo nuevos peritajes antropológico-forenses de los restos de las víctimas de El Frontón, las fuerzas del orden se habrían ensañado con los reclusos, algunos de los cuales se hallaban inermes. Además los especialistas del Cenia constataron que los restos que en julio del 2004, la fiscalía quería entregar a los familiares estaban mal identificados y en algunos casos había restos de hasta 12 fallecidos en una caja que supuestamente contenía los restos de una sola persona.
26-01-2006
La Quinta Fiscalía Supraprovincial, a cargo del fiscal Mario Gonzáles, resolvió el archivamiento definitivo contra Alan García, Agustín Mantilla y otros ex ministros. Ante ello, los abogados representantes de las víctimas y sus familiares interpusieron recurso de queja ante la Tercera Fiscalía Superior Penal, a cargo del fiscal Edgar Chirinos, aduciendo que faltaba efectuarse diversas diligencias.
11-04-2006
El fiscal Chirinos declara fundada en parte la queja y dispone que se amplíen las investigaciones por 120 días.
28-07-2006
Luego de ganar en segunda vuelta de las elecciones presidenciales, Alan García Pérez asume nuevamente la presidencia del Perú. Nombra como vicepresidente a Luis Giampietri Rojas, vicealmirante en retiro y ex jefe de las Fuerzas de Operaciones Especiales de la Marina que intervinieron en la matanza de El Frontón en 1986.
8-02-2007
En calidad de testigo, el presidente Alan García respondió por más de dos horas las preguntas formuladas por la jueza María León Yarango sobre el operativo militar en el penal El Frontón, en 1986, que acabó con la muerte de más de 100 reclsuso que se habían rendido. En declaraciones a la prensa el jefe de Estado volvió a rechazar cualquier responsabilidad del exceso de violencia en el penal y negó haber caído en contradicciones como habían indicado los abogados de los familiares de las víctimas.
21-02-2007
Durante un interrogatorio en calidad de testigo, el congresista Luis Giampietri, vicealmirante en retiro y ex jefe de las Fuerzas de Operaciones Especiales de la Marina que intervinieron en el motín en El Frontón en 1986, negó a la jueza María León Yarango que se hubieran realizado ejecuciones extrajudiciales en ese lugar. "Desde mi punto de vista fue un combate. Mi comando me ordenó debelar un motín carcelario y eso es lo que se hizo", respondió Giampietri ante una de las preguntas de la magistrada. Giampietri anotó que intervino en la isla El Frontón por órdenes militares y que no recordaba alguna respuesta anterior en el fuero militar donde hubiera dicho que hubo una orden del presidente Alan García.
8-03-2007
El fiscal superior Edgar Chirinos Manrique archivó definitivamente la investigación fiscal al presidente Alan García Pérez, al vicepresidente Luis Giampietri Rojas y al ex ministro del interior Agustín Mantilla por la matanza en el penal El Frontón, el 18 y 19 de junio de 1986. Chirinos acogió de esta manera los argumentos planteados por el fiscal provincial Mario Gonzales para archivar en primera instancia este caso por falta de pruebas. El fiscal superior sostuvo que no se puede demostrar que el presidente Alan García ordenó la matanza de presos ni que Mantilla lo representó en El Frontón. En cuanto a Giampietri, afirmó que no estuvo al frente del comando que habría realizado las ejecuciones extrajudiciales de presos porque se retiró en cuanto se controló el motín. Además, señaló que García y Mantilla no tenían dominio ni mando en el área del penal y que no hay una declaración directa contra ellos.
20-07-2007
La Tercera Sala Penal de Reos Libres cerró el proceso contra Alan García, Augustín Mantilla y Luis Giampietri, además de 24 marinos, declarando que los hechos cometidos por efectivos de la Marina en el debelamiento del motín en el penal El Frontón y, concretamente, el homicidio de 118 reclusos, no eran crímenes de lesa humanidad y que, en consecuencia, ya habían prescrito.
14-09-2007
En una resolución la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) solicitó que el Estado peruano reabra el proceso judicial a los responsables de la matanza de El Frontón y que reinicie las investigaciones en torno a la participación en este crimen de los autores intelectuales, que durante el proceso se alegó que fueron el presidente Alan García, el ex ministro del Interior Agustín Mantilla y el primer vicepresidente de la República, Luis Giampietri.
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