La Asociación Internacional de Refugiados "SOLIDARIDAD"-AIRS
Se
constituye al amparo del artículo 14 de la Constitución Política del
Estado Argentino, del artículo 46° y 47° del Código Civil, del artículo
15 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 de la
Organización de las Naciones Unidos, en fecha 15 de Diciembre del 2001,
teniendo como domicilio en Capital Federal de Argentina.
En la
AIRS no existe distinción de raza, religión o posición ideológica. Esto
no anula la personalidad de los miembros sobre su corriente de opinión
y pensamiento.
Nuestros Principios: · Promover y practicar la solidaridad y confraternidad entre todos los exiliados y refugiados en el mundo. · Respetar y defender a la persona y a su libertad de pensamiento, opinión y expresión. · Desarrolla la crítica y la autocrítica como método e impulsa la unidad de la organización. · La AIRS se basa en la práctica de la más amplia democracia y la disciplina consciente y voluntaria.
Nuestros Objetivos: 1.
La defensa de los derechos de los refugiados según normas
internacionales y nacionales vigentes, acudiendo a las instancias
correspondientes. 2. Promover la ayuda mutua y cooperación entre los refugiados. 3. Investigar y difundir (a problemática de los derechos humanos y de los refugiados. 4. Contribuir a la unidad en el trabajo de organización. 5. Promover el intercambio de las manifestaciones culturales entre los pueblos de Perú, Argentina y el mundo.
Son
integrantes de nuestra asociación, con los mismos derechos y deberes:
Los peticionantes y los que tienen el reconocimiento formal de
refugiados
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