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Cuestión de fe: Entrega de restos de víctimas del Frontón

José Carlos Agüero

Sobre la entrega de los cuerpos de las víctimas de la masacre de El Frontón


Casi todo el mundo recuerda el caso del Frontón, así que no es necesario traer a la memoria demasiados detalles. Simplemente, que más de un centenar de presos, presuntos miembros de Sendero Luminoso, fueron ejecutados extrajudicialmente por agentes estatales, luego que fue debelado el motín que iniciaron el 18 de junio de 1986, cuando ya se habían rendido y se encontraban sometidos en el patio del penal.

El pabellón fue derruido y sus muros aplastaron muchos de los cuerpos. Sin embargo, la necesidad de ocultar lo ocurrido, generó que algunos meses después se quemaran los cuerpos, y que posteriormente fueran enterrados clandestinamente en diferentes cementerios de la provincia de Lima. Y allí estuvieron hasta hace unos pocos meses.

Las investigaciones

El caso fue visto por el fuero militar, que absolvió a los miembros de la Marina acusados de cometer estos crímenes. Sin embargo, varios años después, la Corte Interamericana señaló en dos sentencias, que el Estado peruano estaba obligado a entregar los restos a los familiares, a darles reparaciones y a reabrir los procesos, para llevar a los responsables ante la justicia.

Así que este caso se encuentra actualmente en etapa de investigación preliminar, a cargo de la Fiscalía Especializada para Desapariciones Forzadas, Ejecuciones Extrajudiciales y Exhumación de Fosas, a cargo del Dr. Mario Gonzáles, Fiscal provisional. Hace más de un año, la Fiscalía -que ha cambiado de Fiscal en 3 oportunidades- viene realizando las investigaciones y ha exhumado los restos. El Instituto de Medicina Legal ha procedido a trabajar en el análisis de los restos. Hasta allí.

La notificación


Hace un par de semanas la Fiscalía notificó escuetamente a los familiares de 31 víctimas, que debían aproximarse a la Morgue Central de Lima, entre los días 6 y 12 (según cronograma), para recoger los restos de sus parientes, al parecer, identificados. Nada más.

Recoger a ojos cerrados

El Ministerio Público -Instituto de Medicina Legal, pide demasiado a los familiares. Les pide que se acerquen contentos a recibir -en una caja de cartón, según noticias de la semana pasada- los restos que dicen han identificado. Y que crean ciegamente en que esos restos corresponden a sus parientes.

Estos funcionarios no se dan cuenta o nos les importa saber, que los familiares en casos como estos necesitan antes que nada, no huesos, sino certezas. Certezas razonables, por lo menos. Y que esta certeza razonable debe ser construida sobre la base de la participación, la publicidad, la capacidad técnica, y la información, y que no puede ser un asunto de fe.

Por qué no se puede creer

Dejemos de lado asuntos más políticos como: ¿se puede creer en los órganos de administración de justicia actualmente?, ¿se puede creer en ellos especialmente en casos cómo éste, que involucra como responsables a agentes estatales?, ¿se puede creer en el Ministerio Público en un caso tan manoseado políticamente?, ¿se pude confiar en fiscales provisionales?, y un largo etcétera.

Dejémoslo de lado para hablar sólo de asuntos más medibles. Elementos que no contribuyen, precisamente, a creer a ciegas en los resultados de éstos órganos:

- El Ministerio Público y el Instituto de Medicina Legal han desarrollado las investigaciones antropológico forenses sin permitir la participación activa de peritos independientes, elemento muy importante en casos complejos, como recomienda Naciones Unidas en el "Manual sobre la prevención e investigación eficaces de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias", de 1991 y los "Principios relativos a una eficaz prevención e investigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias" de 1989. Esto, no obstante, que algunos familiares han solicitado formalmente esta diligencia.

- El Ministerio Público y el Instituto de Medicina Legal han desarrollado las investigaciones sin informar adecuadamente a los familiares (o sus abogados) del desarrollo de éstas, sin hacerlas partícipes de sus hallazgos. Sobre este punto el Manual de Naciones Unidas ya mencionado expresa:

"13. Derechos de las partes.

Como se indica en el Principio 16, las familias del fallecido y sus representantes legales deben mantenerse informadas de toda audiencia y toda información pertinente a la investigación, tener acceso a ella y poder presentar pruebas..."

- Existe confusión respecto del método empleado para las identificaciones logradas. De los comentarios periodísticos, se puede inferir que las identificaciones han sido logradas vía examen de ADN. Lo cual no es correcto.

- Ahora se sabe que las 31 víctimas identificadas lo fueron gracias a métodos de análisis antropológico forenses, exclusivamente. Y en estos casos es necesaria aún más la información a los familiares y la publicidad de los procedimientos técnicos. Esto debido a que el grado de certeza que se alcanza respecto de la identidad es de por si, menor (al margen de la capacidad pericial o las intenciones). Y también porque el análisis antropológico forense para una identificación no es posible en todas las condiciones. Depende de modo fundamental de la información preexistente (investigación preliminar) y del grado de conservación de los restos.

- Sobre lo anterior por lo tanto, en el caso específico del Frontón, se sabe indirectamente -porque no se ha recibido información de modo formal por las autoridades- que los restos fueron extremadamente maltratados, e incluso, quemados, antes de ser inhumados de modo clandestino por agentes estatales.

- Esta situación no permite hacer confianza en la aplicación solamente de métodos de análisis físico; por lo menos no sin información técnica adecuada que respalde su factibilidad, y que sea imparcialmente interpretada por peritos proporcionados por las partes.

- Además, no se cuenta a la fecha con ningún informe técnico final que de cuenta de modo comprensivo, del procedimiento empleado y el modo en que se logró establecer conclusiones que determinaron la relación entre restos e identidad. Al respecto dice el Manual de Naciones Unidas:

"Se redactará en un plazo razonable un informe por escrito sobre los métodos y las conclusiones de las investigaciones. El informe se publicará inmediatamente y en él se expondrán el alcance de la investigación, los procedimientos y métodos utilizados..."

En síntesis, no se ha tenido acceso a informe técnico alguno, a información verbal o escrita alguna respecto del proceso de identificación, comunicación ninguna con los peritos encargados de las diligencias, y por lo tanto, en esas condiciones, no es posible eliminar la incertidumbre en torno al esclarecimiento de la identidad y la suerte sufrida por las víctimas.

Respeto

El modo en que se han desarrollado las investigaciones muestra una falta de interés de los funcionarios por comportarse de un modo correcto. Especular sobre las causas de ello, es otro asunto.

En procesos tan complejos y de largo plazo como el del Frontón, y tantos otros que provienen del periodo de conflicto armado en el país, un elemento fundamental es el respeto, el reconocimiento de la dignidad de víctimas y familiares, lo cual no se expresa solamente -como creen algunos por allí- en gestos y frases (símbolos vacíos), sino en hechos concretos: en la diligencia para investigar, en la adecuación a estándares internacionales, en el trato correcto, en permitir la participación, en la comunicación horizontal, en las muestras de independencia, en la evidencia de que se están poniendo todos los recursos a la mano para no permitir que la impunidad se imponga por mucho tiempo más.

Las exhumaciones y la identificación de restos humanos, siempre son asuntos altamente complicados y sensibles. En estos casos debe recordarse que, tan importante como el resultado final (la identificación plena), es el proceso de identificación. Los familiares deben irse formando una certeza respecto de la suerte e identidad de las víctimas (deben ir saliendo de la incertidumbre). Deben irse convenciendo de que los restos que les entregan finalmente los técnicos, corresponden a sus padres, hijos, madres o hermanos, asesinados muchos años atrás. Y que por lo tanto, con una confianza verosímil, pueden tomarlos y darles sepultura.

A ver que pasa

Se han presentado pedidos a la Defensoría del Pueblo para que intervenga y vele por el respeto de los derechos de los familiares en este caso. Esperemos su actuación, pues. El fiscal ha dicho que los pedidos son inoportunos y ha continuado con su cronograma de entrega. La mayoría de los familiares no recogerán los cuerpos.

El fiscal ha expresado que no puede hacer esperar a los familiares por los pedidos de los abogados de las ONG. También que se pueden pedir las pericias de parte en el proceso judicial. No puedo hablar a nombre de todos, pero creo, como hijo de una de las víctimas supuestamente identificadas, que no hay prisa, y que se puede esperar algunos meses más, hasta estar convencidos de los resultados.

Creo también que solicitar la diligencia de peritaje de parte en la siguiente etapa, la judicial, es una falta de respeto bastante grotesca e impresionante. Eso significa que ahora se reciba lo que sea, sin estar convencidos de si se trata de tu familiar o no, que se velen los cuerpos y se los entierre, y que después de unos meses, se vuelvan a exhumar, con la posibilidad de que los resultados sean distintos.

¿No es demasiado pesada esa broma?

6 de julio del 2004.


Fuente: Indymedia Peru (http://peru.indymedia.org/news/2004/07/9399.php)