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Petición de los presos políticos de Yanamayo al Presidente de la República



Señor Doctor: Valentín Paniagua Corazao
Presidente de la República.

Señor Doctor Carlos Ferrero Costa
Presidente del Congreso de la República

Señor Presidente:


Los firmantes, prisioneros políticos y prisioneros de guerra, procesados y sentenciados por los llamados delitos de "terrorismo" y "traición a la patria", recluidos en el Establecimiento Penal de Yanamayo, a ustedes con el debido respeto decimos:

Que, haciendo uso del derecho de petición reconocido por el articulo 2º inciso 20 de la vigente Constitución Política del Perú, nos dirigimos a ustedes en su condición de ser actualmente, las más altas autoridades de dos de los poderes del Estado: Ejecutivo y Legislativo respectivamente, para pedir se vea la solución política a los problemas derivados de la guerra interna desenvuelta en el país desde 1980, y hoy ya terminada, así como la solución política a los problemas que afectan al pueblo peruano. A continuación planteamos cinco puntos, su fundamentación y posibles soluciones.

1.- Solución política a los problemas derivados de la guerra

a) Situación de los prisioneros políticos y prisioneros de guerra.

b) Situación de los requisitoriados.

c) Situación de los expatriados.

d) Situación de los desaparecidos.

e) Situación de los desplazados.

2.- Verdadera amnistía general en función de una futura reconciliación nacional.

3.- Democratización de la sociedad peruana.

4.- Producción nacional y trabajo para el pueblo.

5.- Cierre del Penal Militar de la Base Naval del Callao
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Fundamentos:

Sobre la guerra interna en el Perú

El Partido Comunista del Perú (PCP), que fuera fundado por José Carlos Mariátegui el año 1928, se reconstituyó en los setentas del siglo pasado bajo la dirección y Jefatura del Dr. Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo- y el 17 de mayo de 1980, Inició la lucha armada en el país, en una sociedad semifeudal, semicolonial y de capitalismo burocrático. Lucha armada contra el sistema Imperante, sistema de explotación y opresión del pueblo, responsable de que en le actualidad existan 14 millones de peruanos que viven en pobreza y mas de 3 millones de personas que viven en extrema pobreza, un sistema que ha llevado a que hoy exista un 10% de desempleados y 75% de subempleados. Un sistema cuya explotación y opresión desde siglos atrás sume al pueblo en el hambre, la miseria. la ignorancia y el atraso que vuelve más ricos a los ricos y más pobres a los pobres.

Este tipo de sociedad impide el desarrollo y la democracia que las masas demandan y necesitan, constriñe las fuerzas productivas y hunde la producción nacional. Orden que lleva en sus entrañas la corrupción y la descomposición de sus instituciones, y lo que hoy ocurre, no nos debe extrañar porque es el resultado de su propia estructura y cuya responsabilidad está en las clases que conducen el Estado y el gobierno.

La guerra popular se guió por la ideología del proletariado el Marxismo-Leninismo-Maoísmo-Pensamiento Gonzalo, insurgió y se desarrolló a lo largo y ancho del país, las masas vieron que empezaban a emanciparse de la explotación y opresión que por siglos sufren y miles se incorporaron a la guerra. Enfrentó primero al gobierno de Belaúnde, posteriormente al gobierno fascista de Alan García sustentado en el APRA, luego al gobierno genocida vendepatria de Fujimori. La guerra Popular se desarrolló hasta el equilibrio estratégico aplicando la independencia, autodecisión y autosostenimiento, jamás se sustentó en el narcotráfico como se le ha imputado, esto lo saben bien las masas, el gobierno de Belaúnde, de García Pérez y de Fujimori. El Partido Comunista del Perú nunca aplicó el genocidio, la tortura, el secuestro ni desapariciones. La guerra popular es el más grande movimiento social revolucionario de la historia peruana y deja una ingente experiencia principalmente positiva partiendo del hecho de que el Perú a partir de 1980 ha sufrido cambios profundos que la historia se encargará de valorar en su real dimensión.

En Septiembre de 1992 con la detención del Doctor Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo-, se produjo un giro estratégico para el Partido Comunista del Perú, para la guerra popular y la revolución peruana, que quedaron sin la dirección proletaria capaz de conducirlos a la conquista del Poder para el proletariado y el pueblo, porque el problema de la guerra es cuestión de dirección política. Por ello es que en octubre de l993 el Dr. Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo- planteó que la guerra debía terminar con una solución política y remitió dos cartas al gobierno de Alberto Fujimori pidiendo conversaciones para un Acuerdo de Paz que termine la guerra, porque la paz había devenido en necesidad del pueblo, la nación y la sociedad peruana en su conjunto. Se desenvolvió la histórica Ronda de Conversaciones en los años 93, 94 y 95. Si no se llegó a concretar el Acuerdo de Paz fue principalmente por la posición dentro del propio Partido a terminar la guerra por un Acuerdo de Paz, a lo que se sumó una campaña negra en contra y la propia responsabilidad del gobierno de Fujimori que prosiguiendo la línea y política genocida del Estado peruano aplicó creciente represión militar dejando de lado una solución política para el término de la guerra.

El Estado peruano, por su parte combatió la guerra popular desenvolviendo una línea y política genocida desde diciembre de l982 en que ingresaron las Fuerzas Armadas a combatir directamente la guerra, creando además fuerzas complementarias (rondas campesinas, rondas urbanas, mesnadas). El gobierno de Fernando Belaunde Terry desató una sangrienta represión contra el pueblo, con miles de desaparecidos, fosas comunes en Ayacucho, Huancavelica y Apurímac principalmente, aparte de otros lugares, aparecen cadáveres regados en las carreteras. Allí están como expresión de ese periodo los genocidios de Uchuraccay, Haychao, Iquicha, Huambo y otros tantos, el asesinato de detenidos heridos en el Hospital de Ayacucho. Luego el gobierno de Alan García, que después de decir que no combatiría la barbarie con la barbarie, siguió el mismo camino genocida, extendiendo la represión y el genocidio a la ciudad. Están como prueba los genocidios de Accomarca, Umaru, Bellavista, Parcco, Pomatambo, Cayara entre otros tantos en el campo y en la ciudad el genocidio del 4 de octubre de 1985 en el Pabellón Británico del Penal de Lurigancho, el genocidio de los penales de El Frontón, Lurigancho y Callao en el 86 (300 muertos en un día) que fue ordenado por el propio García Pérez y el arrasamiento de barriadas como Garagay y Bocanegra en Lima, la detención y desaparición de miles de personas en todo el país. En Lima la desaparición del estudiante de la Universidad Católica Castillo Páez, del Dr. José Vásquez Huayca, el asesinato del Dr. Manuel Febres Flores el 28 de julio de 1988 ordenado por el propio García Pérez y ejecutado por el Grupo Rodrigo Franco, fuerza complementaria creada por el gobierno de García Pérez para desaparecer y asesinar, el horrendo asesinato de dos estudiantes en la carretera Sur de Lima, dinamitaron sus cuerpos cuando estaban con vida y sembraron las cabezas en la arena -fotografías en los periódicos- entre otras desapariciones y asesinatos.

Finalmente la dictadura genocida vendepatria de A. Fujimori prosiguiendo la línea y política genocida del Estado peruano como lo muestran los genocidios de la Cantuta, Barrios Altos, Huancayo, Ayacucho, HuaIlaga. En el Penal de Canto Grande, en Mayo de 1992 (50 prisioneros asesinados) el incremento de desapariciones en 2 años (de Agosto 1990 a Agosto 92) el número de desaparecidos superó porcentualmente al número producido en ese mismo período con el gobierno de Belaúnde y el de García Pérez.

Así la línea y política genocida ha sido aplicada desde 1982 por todos los gobiernos del Perú contra el pueblo, sistemáticamente han ido violando, desconociendo y negando los derechos fundamentales del pueblo peruano, negándole el derecho político fundamental que tiene a rebelarse contra el hambre, la miseria, la explotación y opresión que sufre de siglos y construir una nueva sociedad. Téngase en cuenta que a partir de 1993, luego de las Cartas pidiendo conversaciones para un Acuerdo de Paz, que ha sido un hecho decisivo en la política peruana para el término de la guerra interna y por tanto para que también concluya la línea y política genocida del Estado peruano.

Le guerra ha terminado, pero como consecuencia de ello quedan graves problemas que el Estado peruano debe resolver, porque le corresponde hacerlo en función de una verdadera reconciliación nacional, de una democratización de la sociedad peruana en donde haya campo para el desarrollo de la producción nacional y trabajo para el pueblo.

Por ello, es que planteamos los siguientes problemas y cuestiones, su fundamento y solución:

1.- Solución política de los problemas derivados de la guerra.

a) Situación de los prisioneros políticos y prisioneros de guerra.

Antecedentes: Como resultado de la guerra interna desenvuelta en el Perú desde mayo de 1980 han habido y hay prisioneros políticos y prisioneros de guerra.

Antes de precisar la situación de los prisioneros en la actualidad, señalaremos algunas cuestiones necesarias referentes a los detenidos por razones de la guerra. Quienes eran detenidos fueron torturados, encarcelados, enjuiciados, sentenciados y hasta desaparecidos muchos de ellos.

Se inicia la guerra y comienzan las detenciones, y con éstas las torturas, secuestros, y desapariciones. Los detenidos eran recluidos en las cárceles de los lugares de detención. Pero a raíz de la acción armada en la cárcel de Ayacucho el 2 de marzo de 1982 (acción en la que el Partido Comunista del Perú liberó a sus prisioneros) el entonces Presidente de la República Arquitecto Fernando Belaúnde Terry dispuso el traslado de todos los prisioneros de todas las cárceles del país a la ciudad de Lima, concentrándolos en las cárceles del Callao (Alipio Ponce), El Frontón y posteriormente en Lurigancho a los varones y Callao a las mujeres. Lo que es una violación del derecho penitenciario y del derecho humanitario.

Este traslado implicó para los prisioneros: golpizas, asesinatos como el caso del profesor Donato Méndez en la cárcel del Callao, aislamiento de sus familiares y abogados, pérdida de todas sus pertenencias, paralización de sus procesos, y, en conclusión. la perdida de sus derechos fundamentales universalmente reconocidos.

Desde 1982 hasta 1985, el Estado peruano ejecuta todo tipo de hostilizaciones, provocaciones contra los prisioneros, sus familiares y abogados; y hasta asesinatos aislados: 4 en el Frontón, 2 baleados y 2 envenenados, aparte del fallecimiento por falta de atención médica y farmacológica. Además durante los años 82,83 y parte del 84 los procesos en su mayoría estaban paralizados, o bien porque los expedientes de provincias no llegaban al distrito judicial de Lima, o bien porque jueces y vocales se negaban a continuar con los procesos.

Asimismo no permitían el ingreso de los alimentos que llevaban sus familiares, comían sólo la paila que entregaba el INPE de pésima calidad, llegando incluso con desperdicios, vidrios y ratas. Tampoco ingresaban libros, periódicos ni revistas. En El Frontón había racionamiento de agua y lavaban su ropa con agua salada.

Las requisas eran: sinónimo de feroces golpizas y en general el trato que recibían por parte de la policía e INPE era de maltrato permanente. Ante lo cual los prisioneros expresaron su rechazo y su protesta exigiendo el respeto de sus derechos llegando el 17 de julio de 1985 a suscribir un acta por la que el Estado les reconocía la condición de "presos especiales" y otros derechos fundamentales universalmente reconocidos, que les habían sido negados.

El 28 de julio de l985 asumió el gobierno Alan García Pérez, cabeza del APRA, su gobierno continuó con la línea y política genocida del Estado contra el Partido Comunista del Perú, la guerra popular y el pueblo, aparte de que en su gobierno el pueblo sufrió más hambre y miseria. Inició su gobierno profundizando la represión y genocidio en campo y ciudad. ahí están los genocidios de Accomarca, Umaru, Bellavista, Parcco, Pomatambo, Cayara y muchos otros en el campo. En la ciudad de Lima arrasamientos de barriadas por desalojos con heridos, asesinados y desaparecidos, como en Bocanegra y Garagay.

En los penales, desde el inicio de su gobierno empezó a planificar su primer genocidio, desconociendo el Acta suscrita con el gobierno del Arquitecto Belaúnde, negó y desconoció todos los derechos fundamentales que les fueron reconocidos por el Estado, intensificó el hostigamiento, golpizas, represión con lanzallamas, instigación a los presos comunes para provocar a los prisioneros aplicando la política reaccionaria de enfrentar presos contra presos como hacía en campo y ciudad enfrentando masas contra masas, desenvolvió amenazas de muerte, culminando todo este proceso con el genocidio del 4 de octubre de 1985 en el Pabellón Británico del Penal de Lurigancho donde asesinaron a 30 prisioneros entre ametrallados y quemados, quedando 34 heridos de gravedad y el resto de sobrevivientes con heridas y contusiones de menor gravedad. Se ensañaron con los cadáveres que fueron quemados con bombas de fósforo quedando irreconocibles, aparte de que no fueron entregados a sus familiares. 28 tumbas sin nombre en el Cementerio Presbítero Maestro quedan para la historia como expresión del odio genocida de García Pérez contra los prisioneros de guerra.

Pero el 30 y 31 de octubre de 1985, García Pérez y su gobierno se vieron obligados a suscribir un Acta en la que se reconocía el Acta suscrita en julio del mismo año y el reconocimiento de los derechos fundamentales que había conculcado y negado.

Esta situación no duró mucho tiempo porque el gobierno empezó a planificar un nuevo genocidio, que lo ejecutó los días 18 y 19 de junio de l986 asesinando vilmente a 300 prisioneros, 125 en Lurigancho, más de 150 en El Frontón entre asesinados y desaparecidos y 2 en el Callao. Los cadáveres de los 125 de Lurigancho fueron regados en los cementerios desde Cañete hasta Barranca: de El Frontón, los pocos cuerpos o pedazos de ellos, que aparecieron fueron dejados en los cementerios de San Bartolo y Pachacamac, de los desaparecidos nunca más se supo.

Este monstruoso e infame genocidio jamás ocurrido en la historia del mundo con prisioneros, fue perpetrado por las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales, pero dispuesto y ordenado por García Pérez y su Consejo de Ministros con la complicidad del Fiscal de la Nación Elejalde y otros políticos.

El 28 de julio de 1990 asumió el gobierno el Ingeniero Alberto Fujimori Fujimori. La guerra popular había alcanzado el equilibrio estratégico, y el Estado peruano por su necesidad tenía que cumplir tres tareas: reimpulsar el capitalismo burocrático, reestructurar el Estado y aniquilar la guerra popular. Continuó la línea y política genocida del Estado, y es así que bajo la imputación de que los prisioneros del Penal Castro Castro tenían armas y habían hecho forados, los días 6, 7,8 y 9 de mayo de 1992, Fujimori consumó su genocidio contra los prisioneros, asesinando selectivamente a 50, a los que creían que eran dirigentes. Los sobrevivientes fueron diseminados por diferentes penales del país desde Cachiche en Ica hasta Yanamayo en Puno.

El 5 de abril de 1992, el Ingeniero Alberto Fujimori Fujimori dio golpe de Estado para aplicar un gobierno de concentración absoluta del poder, centrado en el Ejecutivo, un gobierno presidencialista y desenvolver un largo plan de liberalismo, dictadura genocida y vendepatria que se ha desenvuelto en toda la década del 90 hasta su hundimiento en el inicio de su tercer gobierno.

Después del golpe del 5 de abril barrió y demolió toda la estructura legal existente del Estado, cuya base es el derecho demoliberal burgués, desde la Constitución de 1979 hasta normas de grado o nivel inferior. En este punto nos interesa ver sobre los detenidos, su juzgamiento y carcelería porque de ello deriva la situación actual de los prisioneros.

El 5 de mayo de 1992 el gobierno de facto llamado "gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional" expidió el anticonstitucional Decreto Ley Nº 25475, estableció la cadena perpetua como pena, los jueces y tribunales sin rostro, barriendo así todos los derechos y garantías judiciales fundamentales; le siguió el Decreto Ley Nº 25499, llamado ley de arrepentimiento por la cual el detenido casi siempre torturado y con ofrecimientos de libertad entregaba a otras personas.

Luego viene el inconstitucional Decreto Ley Nº 25659 expedido el 13 de agosto de 1992 que crea el llamado delito de "traición a la patria" y establece la competencia del Fuero Militar para los civiles; el Decreto Ley Nº 25708 que establece el procedimiento sumario para los juicios de traición a la patria en el teatro de operaciones, entre otras aberraciones jurídicas; el Decreto Ley Nº 25728 que establece el juzgamiento y condena en ausencia; el Decreto Ley Nº 25744 que establece la detención policial de los presuntos implicados por termino indefinido, la negación del derecho de defensa (el abogado defensor no puede patrocinar a más de un encausado), el robo y saqueo de las pertenencias de los detenidos, entre otras aberraciones jurídicas; el Decreto Ley Nº 25880 por el que comprenden en el delito de "traición a la patria" a los docentes que "influyan en sus alumnos haciendo apología de ese delito"; el Decreto Ley Nº 25916 que reitera prohibición de los beneficios penitenciarios. Y dentro de todas estas normas violatorias de todos los derechos fundamentales reconocidos universalmente, se da la Resolución Suprema Nº 114- 92- JUS del 13- 8- 92 que aprueba el Reglamento del Régimen de visita a los internos por delito de terrorismo que incluso viola el artículo 20º del inconstitucional Decreto Ley Nº 25475 que establece visita semanal y de familiares " mas cercanos", sin embargo la Resolución Suprema acotada establece visita mensual y de familiares directos, pues no es lo mismo cercanos que directos. Así lo que hacen con la mano lo borran con el codo. Pero en ambos casos transgreden, desconocen y niegan los derechos fundamentales establecidos por la Constitución Política de 1979 vigente a la fecha y las leyes especiales.

Así se negó el derecho de defensa, la prueba en juicio, el principio de la duda favorece al reo e insólitamente se estableció: "la duda favorece a la sociedad", lo dijo públicamente Fujimori y los tribunales tanto civiles como militares lo aplicaron sin dudas ni murmuraciones; se estableció los tribunales militares y el juzgamiento en el teatro de operaciones sin oportunidad de actuar pruebas, es decir, en el campo de batalla, se estableció los jueces y tribunales sin rostro en ambos fueros, convirtiéndose los procesos judiciales en parodias o comedias sometiendo al acusado a un proceso semejante a los habidos en la Santa Inquisición o peor, el abogado de oficio era un inquisidor más, repartieron penas de cadena perpetua e internamiento absolutamente indefinido a diestra y siniestra, los jueces y magistrados de tribunales de ambos fueros incurrieron en un conjunto de delitos por los cuales deberían responder. Los llamados arrepentidos hacían declaraciones "secretas" fuera del expediente y con ellas, consideradas como "prueba" plena y secreto de Estado, se condenaba con penas monstruosas.

Así demolieron el sistema jurídico, para perseguir, detener, encarcelar y condenar a los detenidos, mientras ellos robaban y saqueaban el país, sumiendo al pueblo en la miseria, en el hambre y la desocupación, es decir más explotación y más opresión contra el pueblo.

Situación actual de los prisioneros

De lo anteriormente expresado deriva la situación de los prisioneros políticos y de los prisioneros de guerra en las cárceles del país a partir de los 90 a hoy.

Se ha impuesto penas crueles e inhumanas como la de internamiento absolutamente indefinido o no menor de 25 años y la de cadena perpetua negando su sistema jurídico y penitenciario movidos sólo por su afán de venganza y escarmiento.

Se han anulado procesos desde 1980 que habían pasado a la condición de cosa juzgada, imponiéndose penal monstruosas, cuando en algunos casos a los sumo correspondía una pena máxima de 2 a 4 años por el delito de tranquilidad pública o seguridad, o bien, otros habían sido absueltos u otros condenados con pena cumplida. Cabe mencionar el caso de Esteban Cari Montesinos detenido en octubre de 1983 en Puno por tranquilidad pública, fue juzgado por un tribunal sin rostro y le impusieron: 20 años de carcelería; el de Roberto Cahuantico Cahuantico, detenido el 17 de octubre de 1990 en Lima, hasta le fecha no es juzgado; el de Yenny Saez Román detenida en 1994, se le imputó hechos ocurridos cuando era menor de edad, pero le impusieron Cadena perpetua. Los tres se encuentran en el Penal de Máxima Seguridad de Yanamayo. Estos casos son solo una muestra de todos los abusos, ilegalidades, arbitrariedades y monstruosidades cometidas por el Estado a través de sus jueces y Vocales.

Condiciones de carcelería, las condiciones a que son sometidos los prisioneros políticos y prisioneros de guerra son violatorios de los derechos fundamentales de la persona, reconocidos por la Constitución Política del Estado, legislación y tratados internacionales (Pacto de San José de Costa Rica, declaración Universal de los derechos humanos), así como de las normas mínimas aplicables a los conflictos internos establecidos en el artículo 3º común a los Convenios de Ginebra.

Es un régimen de reducción, aislamiento y aniquilamiento sistemático y sofisticado, que dé conformidad al artículo 319 inciso 3º del Código Penal Peruano, constituye una modalidad de genocidio, genocidio que desde l1983 es parte de la línea y política genocida del Estado. Genocidio, porque busca el exterminio sistemático de las personas comprendidas en los llamados delitos de terrorismo y traición a la patria.

Cierto es que, como resultado de la histórica Ronda de Conversaciones llevada adelante entre el gobierno del Ingeniero Alberto Fujimori Fujimori y el Dr . Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo- y Elena Iparraguirre Revoredo -Camarada Miriam- mejoraron mínimamente las condiciones carcelarias; pero aún subsisten en algunos penales esas crueles e ignominiosas condiciones, violatorias de los más elementales derechos de la persona.

Un caso especial son las del Dr. Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo-, Elena Iparraguirre Revoredo -Camarada Miriam- y de otros prisioneros que se encuentren en el Penal Militar de la Base Naval del Callao, allí las condiciones carcelarias son inhumanas, ignominiosas, crueles y degradantes de la condición humana, los prisioneros son sometidos a un sistema de aislamiento total de 23 horas de encierro (recientemente tienen dos horas de patio) en una celda totalmente cerrada de 2 x 2 m. con una pequeñísima abertura en el techo, obligados a guardar silencio todo el día porque ni siquiera pueden conversar de una celda a otra, es decir entre prisioneros. Lo que implica un sistema de reducción, aislamiento y aniquilamiento sistemático y sofisticado, buscando reducirlos a la condición de sub-humanos. Pues el hombre es un ser social, pensamos que "La existencia ,para el hombre es una existencia social de acción y transformación de la naturaleza y la sociedad, la existencia para otros animales no humanos no es así, ellos dentro de relaciones gregarias más o menos complejas con elementales sistemas cerebrales reducidos a satisfacer necesidades de subsistencia y perpetuación de sus especies solamente. La vida para el ser humano no se puede circunscribir a comer, digerir y evacuar, únicamente a considerar que sus sistemas fisiológicos funcionen con cierta normalidad".

"Por lo tanto, el aislamiento, mas aún el aislamiento absoluto y perpetuo, es la negación de los derechos fundamentales que se agrega a la privación de la libertad de los prisioneros de guerra, apunta a reducirlos a la condición de sub-humanos y a destruir sus esencia social de hombre, seres humanos, es un plan de reducción y aniquilamiento sistemático y sofisticado que el imperialismo ha creado para combatir la revolución destruyendo a los revolucionarios..." .

Consideramos que "El ser humanos es un producto social, la sociedad los crea, los modela,... El hombre siendo producto de le sociedad es eminentemente social, no puede vivir al margen de ella porque se destruye su condición esencial.... Y el hombre, ser social, pensante y actuante vive y se desarrolla en medio de relaciones sociales necesariamente de clase, en une sociedad de clases, de diverso tipo: ideológicas, políticas, laborales, profesionales, manuales, intelectuales, técnicas ; de clase social, o de grupo, gremio, región, nación o mundiales. Así mismo, el ser humano tiene relaciones personales y familiares dentro de estas, la relación conyugal (que obviamente es la que genera el parentesco directo) es primordial como dijera Marx la relación entre hombre y mujer es le más personal, directa y necesaria del ser humano y, más aún, su forma de desarrollarla expresa profundamente su propia condición humana, su humanidad. Si al ser humano, al hombre, se le anulan todas las relaciones sociales se le destruye, se le aniquila, su simple subsistir deviene inútil, su vida se torna apariencia y realmente es un muerto en vida".

Cabe mencionar las ignominiosas condiciones de carcelería a las que los prisioneros fuimos sometidos a partir del año 92: aislamiento celular continuo por un año y si el interno era trasladado de un penal a otro, pretendieron obligar a un nuevo cómputo de inicio del año, media hora de patio y veintitrés horas y media de encierro en una celda de 2 x 2.5m. donde esta la letrina, el pozo de agua y la cama y son para 2 y hasta 4 prisioneros de guerra, las ventanas del pasadizo hechas de tal Forma para impedir el ingreso de le luz solar. había racionamiento de agua de uno a dos baldes por día. No se permitía el ingreso de alimentos, ni frutas ni verduras que traían los familiares en la visita. Tampoco ingresaban materiales de estudio, cultura y trabajo, ni un lapicero, ni una aguja.

Esto es sólo una parte, por ello reiteremos que esas ignominiosas condiciones de carcelería deben cesar. Las condiciones políticas del país han cambiado. La guerra ha terminado. La venganza política del Estado peruana contra los prisioneros debe terminar. debe respetarse lo que la Constitución establece sobre los ambientes que ocupan los presos.

Salud

Los prisioneros tenemos derecho a mantener nuestra salud física y mental, así como el derecho a recuperar la salud si ésta ha sido desmejorada o deteriorada en el grado que fuera. El propio Código de Ejecución Penal en su articulo 76º dice : El interno tiene derecho a alcanzar, mantener o recuperar el bienestar físico y mental. L a administración penitenciaria proveerá lo necesario para el desarrollo de los acciones de prevención, promoción y recuperación de le salud". Sin embargo tenemos deficiente atención médica, sobre todo la especializada, y pésima o nula la de fármacos, así cono la falta de exámenes auxiliares. No hay una política de salud coherente para los penales por parte del INPE. Frente a nuestros reclamos se dan paliativos pero el problema de salud no está resuelto. El Estado está obligado a respetar nuestro derecho a la salud, a proporcionarnos la atención médica y farmacológica adecuada e idónea.

Debe evitarse lo que ya ocurrió anteriormente, pues el INPE tras pretexto de motivos de seguridad dispuso que ningún interno del Establecimiento Penal de Yanamayo sea evacuado al Hospital de Puno o trasladado por motivos de salud a Lima o Arequipa, en los hechos, sentenciaba a muerte a los internos que requerían atención hospitalaria o bien ser trasladados a Lima por su delicado estado de salud, y así se les negó el derecho a la salud y a la vida , poniéndolos en grave riesgo, así, pasaban los años y sólo cuando estaban en silla de ruedas, en estado de suma gravedad eran trasladados a Lima, en algunos casos los efectos de la enfermedad han sido irreversibles. Denunciamos la muerte del prisionero Edwin Melitón Cárdenas, que por falta de atención médica, negligentemente se le dejó morir en el tópico del Penal, crimen de lesa humanidad; pues por varios meses vivió entre la celda y el tópico, pero sin recibir la atención médica que necesitaba, porque ni siquiera se le practico los exámenes que requería. Murió sin que se conozca cuál fue la causa de su deceso. Se ocultó los resultados de la necropsia. Cabe mencionar un caso preocupante, el de 'tumoraciones óseas" llamados osteomas, ubicadas en el maxilar inferior, habiendo 25 casos en todo el Penal, de ellos 15 de los firmantes (10% de la población penal), estas tumoraciones aparecieron hace tres años, sin embargo no se da solución al problema.

Alimentación.

De modo general la alimentación que el INPE otorga a los penales es pésima, hasta el año 96, tenía esta característica de calidad, cantidad y preparación. Últimamente es cierto que ha mejorado, pero de todos modos no cumple con el mínimo de kilo/calorías establecidos por la OMS y el Ministerio de Salud del país En la práctica sólo recibimos una ración de comida al día , pues en el desayuno se nos da agua con pan o kuaquer aguado, en las noches agua con pan y segundo una vez por semana.

Planteamos el aumento del socorro alimenticio, porque desde hace tres años se ha fijado en dos soles con cincuenta céntimos, lo que es insuficiente, por lo que debe ser incrementado. Igualmente la cocina requiere mantenimiento e implementación.

Visita.

En cuanto a la visita de nuestros familiares, debe tenerse presente que en forma arbitraria e ilegal se nos ha aislado de nuestros familiares al habérsenos trasladado de nuestros lugares de origen, impidiéndonos de este modo que podamos contar con el apoyo que nuestros familiares puedan brindarnos para nuestra alimentación, salud, trabajo y otras necesidades. Con esta medida también se nos impide que podamos mantener y desarrollar nuestros vínculos familiares. Si bien es cierto que se ha modificado la denigrante forma de visita, de media hora, después una visita mensual, por locutorio entre rejas y mallas, aún subsiste la visita sólo para familiares directos, que se reduce a padres, hijos, hermanos, esposos lo que rechazamos y denunciamos porque es una forma de aislamiento ya que hay prisioneros que no tienen familiares "directos", o bien sus padres son ancianos y no pueden viajar hasta Puno, esta denigrante limitación de la visita transgrede el propio Código de Ejecución Penal, que en su artículo 37º dice que "el interno puede comunicarse periódicamente en forma oral y escrita con sus familiares, amigos, representantes diplomáticos, y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria salvo la incomunicación declarada por la autoridad judicial..." Por tanto debe cesar toda limitación y restricción de la visita, por ser abusiva, arbitraria e ilegal y hasta inhumana.

Trabajo remunerado.

Consideramos que el trabajar es un derecho de toda persona, pues sirve a su desarrollo como ser pensante y operante. Anteriormente se nos negó este derecho en forma absoluta como parte del plan de reducción, aislamiento y aniquilamiento sistemático a que hemos sido sometidos. Pero aún hay restricciones para el ingreso de algunos materiales y medios de trabajo, aparte de que no existe talleres ni ambientes adecuados para trabajar, y tenemos que hacerlo en las celdas, en pasadizos o patio en condiciones inadecuadas. Aparte de que el INPE no tiene ninguna política laboral penitenciaria, por lo menos debe brindar apoyo en este rubro. Planteamos el trabajo remunerado para todos sin excepción.

Educación, Cultura e Información.

Anteriormente se nos negó totalmente estos derechos, pese a que el Código de Ejecución Penal establece que sólo el interno está limitado en los derechos señalados en la sentencia respectiva y goza de los demás derechos de la persona en libertad y que tienen categoría de fundamentales. El Código de ejecución Penal obliga a las autoridades penitenciarias a promover la educación de los internos en todos los niveles y a promover su formación profesional o capacitación ocupacional. Pese a nuestros reclamos no se cumple. Otro derecho es la libertad de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita. Anteriormente en este Penal, arbitraria e ilegalmente se prohibía el acceso a los medios de información, periódicos, revistas, radio, televisión y otros. En el presente año recién se ha levantado esta prohibición, aunque aún quedan algunas limitaciones las que deben ser totalmente levantadas. Pero aún se atenta contra nuestra libertad de creación intelectual, técnica y científica, reconocida en el inciso 8 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, este derecho comprende el recibir todo tipo de libros, periódicos y revistas. Un caso de prohibición inaceptable es el impedir que escritos del Dr. Abimael Guzman Reynoso -Presidente Gonzalo- salgan del Penal Militar de la Base Naval del Callao para su publicación, hecho que denunciamos porque es una flagrante violación a la libertad de pensamiento.

Sobre la discriminación de los derechos fundamentales de los prisioneros.

Denunciamos y expresamos nuestro desacuerdo y rechazo contra el Decreto Supremo 005-97-JUS. Este Decreto Supremo es violatorio de los derechos fundamentales de la persona humana, por su carácter inconstitucional al establecer un tratamiento discriminatorio para los internos, condicionando derechos e imponiendo chantajes para su ejercicio, buscando promover capitulación y arrepentimiento a nuestros principios, ideas y formas de pensar, violando el principio constitucional y universal de la igualdad ante le ley (inciso 2 del articulo 2º de la Carta Constitucional) y que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, opinión, condición económica o de cualquier otra índole.

Este inconstitucional decreto Supremo 005 - 97- Jus. apruebe el llamado Reglamento del régimen de vida y progresividad de los internos procesados y/o sentenciados por los llamados delitos de terrorismo y traición a la patria. Establece cuatro categorías de internos no obstante que todos los que nos encontramos recluidos en el Penal estamos procesados y/o sentenciados por los mismos delitos. Así para unos se establece visita directa y para otros por locutorio. Unos tienen derecho a trabajar y a otros no se reconoce este derecho. Y donde se expresa su esencia represiva y reaccionaria es al establecer condiciones de aislamiento celular continuo, en donde la libertad del interno se reduce al minino, llegándose al caso de pretender imponer ese aislamiento en forma indefinida y caso curioso, el interno va de una etapa a otra, regresa a ésta o aquella y así pasará años evaluándose, yendo y viniendo como ascensor. Esta disposición no hace sino acentuar el régimen sofisticado de reducción, aislamiento y aniquilamiento de los prisioneros políticos y prisioneros de guerra. Disposición que no corresponde a la situación actual del término de la guerra cuyos términos se acortaron por repercusión de la histórica Ronda de Conversaciones para un Acuerdo de Paz.

Negación de los beneficios penitenciarios de los prisioneros, comprendidos en el Decreto Legislativo 046.

Con decisiones políticas y contraviniendo la ley, los Directores y Consejo Técnico penitenciario de los penales, jueces y tribunales negaron el otorgamiento de la liberación condicional y otros beneficios penitenciarios, violando el Decreto Legislativo 046 que no niega estos derechos. Unos llegaron a decir que el interno no es rehabilitable, pese a que el certificado de conducta era de "buena conducta", otros alegaron que el Decreto Legislativo no especifica que debe otorgarse los beneficios penitenciarios, violando en este caso el principio general y universal del derecho "Nadie puede distinguir donde la ley no distingue".

En conclusión pedimos al gobierno:

1) La flexibilización absoluta del régimen carcelario para todos los prisioneros políticos y prisioneros de guerra, expresándose en el cese de las condiciones carcelarias ignominiosas e inhumanas y crueles en todas las cárceles del país y se respete todos los derechos fundamentales de la persona humana universalmente reconocidos, en lo especifico, el cese de las condiciones carcelarias actuales en el Penal Militar de la Base Naval del Callao, el cierre del mismo y que pasen al régimen penitenciario bajo la responsabilidad del INPE.

2) La derogatoria de todos los decretos leyes y leyes inconstitucionales promulgados a partir del golpe de Estado del 5 de abril de 1992 a la fecha: DL 25475, 25499, 25659, 25708, 25728, 25744, 25880, 25916, RS 114- 92- JUS, DS OO5- 97- JUS. y debe restituirse todos los principios, derechos y garantías judiciales comprendiéndose desde la detención de uno persona hasta su juzgamiento, sentencia y reclusión carcelería.

3) La nulidad de todos los procesos judiciales seguidos contra civiles en el fuero militar. Y de todos los procesos juzgados por tribunales sin rostro en el fuero civil.

4) La libertad de los presos políticos y prisioneros de guerra comprendidos en el Decreto Legislativo 046.

5) Libertad de todos los presos políticos y prisioneros de guerra por amnistía política general.

b) Situación de los requisitoriados

El problema de los requisitoriados, afecta a miles de personas en todo el país, hay familias completas y hasta comunidades campesinas, en donde todos sus miembros han sido o están con orden de detención que resulta insólito, ilegal, injusto y arbitrario, y que debe de corregirse de inmediato, de lo contrario es abuso de derecho por parte del Estado y el Gobierno.

La Defensoría del Pueblo dice que existe a la fecha 5,000 requisitoriados a nivel nacional. ¿Es esa la cantidad exacta? pues pensamos que no, ya que el Registro nacional de Requisitoriados no tiene registradas todas las requisitorias que se dictan en los diferentes distritos judiciales, ni tampoco levanta las de quienes ya pasaron al Poder Judicial o de los que salen en libertad. Estos los hemos comprobado en nuestros casos, como por ejemplo el del interno José Santos Maza Morante detenido en Piura en 1992, pasado al fuero militar, trasladado al Penal de máxima seguridad de Yanamayo en 1998, la Sala Corporativa para casos de Terrorismo lo absuelve, después de varios días le dicen que ésta requisitoriado por el Fuero Militar, para luego decirle que está sentenciado a 25 años, finalmente no se conoce cual es su real situación, sólo sabemos que es un campesino de 66 años de edad y que él no sabe porque está encarcelado; otro caso es el de Toribio Teófilo Quispe Asillo, fue detenido en Puno a principios del 93, derivado al Fuero Militar, éste se inhibe de conocer su caso y pasa al Fuero Civil , lo juzgan y absuelven, sale en libertad el 21 de diciembre de 1995. Por más de 4 años hace su vida normal pero cuando fue a votar en las últimas elecciones , el 28 de mayo del 2000 lo detienen por estar requisitoriado en el Fuero Militar ¿qué había ocurrido? que no levantaron la requisitoria, ni cuando lo detuvieron, ni cuando se inhibieron de conocer el caso. Ya lleva 8 meses detenido arbitraria e injustamente y no resuelven su caso ¿quién responde por este abuso?

En las últimas elecciones, en el acto electoral han detenido a muchísimas personas, en diferentes lugares del país; por lo menos en Puno, voceros del Poder Judicial dijeron que hay unos 4,000 requisitoriados en el Departamento de Puno por los delitos de terrorismo y traición a la Patria. De ser cierto es una monstruosidad.

Es un avance que el Parlamento haya aprobado convertir la orden de detención por orden de comparecencia, el riesgo es que ésta se convierta en detención sin que exista mérito a ello.

Pensamos que al haber terminado la guerra no existe ninguna razón para que se siga deteniendo a las personas por causales de la guerra interna, por eso demandamos que el Parlamento deje sin efecto las requisitorias existentes. Es lo justo y legal. Debe de cesar la persecución contra estas personas requisitoriadas y permitírseles su reincorporación a la vida social y cotidiana.

En conclusión, en este punto pedimos se levanten las requisitorias de todos los que tengan esta condición por razones de la guerra interna.

c) Situación de los expatriados.

Los peruanos expatriados que se vieron obligados a salir del país en el proceso de la guerra popular, porque fueron amenazados, perseguidos, encarcelados; muchos tenían familiares encarcelados, otros desaparecidos, el solo hecho de haber denunciado estos hechos, les trajo problemas de persecución política y amenaza de muerte, principalmente en el campo y también en provincias, en donde no tenían ninguna garantía para su libertad y para su vida afectados por el proceso de persecución indiscriminada por parte de las fuerzas armadas, fuerzas policiales y fuerzas complementarias.

Estos miles de expatriados se encuentran en diferentes lugares del mundo impedidos de retornar al país, viviendo en las más difíciles condiciones ,unos han obtenido el status de refugiados, otros de residentes y muchos están en condición de ilegales por lo que su estadía es mucho más difícil y precaria.

El Estado debe resolver este problema, reconocerles el derecho de retornar al país si así lo desean, debe cesar la persecución y garantizar su vida a fin de que puedan reincorporarse a su vida familiar, social y cotidiana en el Perú. Los que no deseen regresar podrán quedarse voluntariamente en el país que los alberga. Que cada cual tenga la opción de retornar al Perú o no. Pero en ambos casos debe cesar la persecución. Debe levantarse las requisitorias que pesan contra estos expatriados.

d) Situación de los desaparecidos

En todo el proceso de la guerra popular no se ha respetado la libertad y seguridad personal de las personas detenidas, no sólo se le ha amenazado, violado, vejado, torturado para arrancarles declaraciones autoinculpatorias o contra otras personas , bajo el ofrecimiento de ponerlas en libertad; sino que, sin ningún respeto del derecho a la vida, se les ha secuestrado y desaparecido, de allí los miles de desaparecidos que hay a la fecha, es parte de la línea y política genocida que aplicó el Estado peruano.

Las personas al ser detenidas no fueron conducidas a la autoridad competente nombrada legalmente, sino que se las mantuvo en centros policiales o en cuarteles militares, algunos incluso, ya habían visto a sus familiares, pero luego fueron secuestrados y asesinados; no se permitió accionar a favor de su libertad y seguridad conforme lo señalado en el artículo 7º del Pacto de San José de Costa Rica, ni lo que prescribe la Constitución Política del Estado, tanto del 79 como la actual, ni las leyes especiales existentes. Se suprimió y negó la Acción de Habeas Corpus con el fin de tener las manos libres para asesinar porque las desapariciones no son sino viles y monstruosos asesinatos, cuyos autores son quienes combatieron dentro de la guerra contrasubversiva, desde los jefes políticos hasta los ejecutores, pasando por los encubridores y cómplices.

La Defensoría del Pueblo computa un promedio de 5000 desaparecidos, teniendo en cuenta sólo las denuncias presentadas a las autoridades competentes y comprobadas, pero esa cantidad no es exacta porque hay miles de desaparecidos, cuyos casos no fueron denunciados por su familia por temor a las represalias; ya que los denunciantes en muchos casos también fueron desaparecidos. Hubo casos de detenidos que en presencia de muchísimas personas fueron salvajemente torturados, como el caso del ciudadano Bellido que fue detenido y monstruosamente torturado entre Parcco y Pomatambo, y luego asesinado y su cadáver desaparecido.

Las desapariciones comenzaron el año 82, pero se incrementaron cuando se inicia la aplicación de la línea y política genocida del Estado peruano y es a partir del ingreso de las Fuerzas Armadas para combatir directamente a la subversión (diciembre de 1982). Sólo en el periodo de 1983 a 1984 (dos años) el número de los desaparecidos alcanzó a los cuatro mil, es también cuando aparecen las fosas comunes en Ayacucho, Huancavelica y Apurímac principalmente, así mismo se encuentran los cadáveres regados en la carretera "Los Libertadores".

Durante el gobierno de García Pérez se acrecentó en número de desapariciones que sumados al anterior llegó a nueve mil, pues con García Pérez las desapariciones ya no se circunscriben al campo sino en las ciudades y en la propia capital de la República, entre los que han indignado más a la opinión pública están las desapariciones del Dr. José Vázquez Huayca, el estudiante Castillo Paez, José Aznarán catedrático de la UNI, Carlos Yepez Rosas, Santiago Castillo Cavero, el abogado Yangali de los Ríos en Ayacucho. Durante los gobiernos de Fujimori, en sus dos primeros años de rÐ 9ä UGET http://gserv-cnet.zdnet.com/clear/l número habido en ese mismo lapso en los gobiernos de Belaúnde y García Pérez, la mayor cantidad en el campo. En Lima los genocidios de La Cantuta y Barrios Altos, crímenes de lesa humanidad, el del Dr. Wilfredo Terrones, el de Justino Najarro, catedrático de la Universidad de Ayacucho, el caso de los hermanos Paquiyauri en Lima, detenidos en presencia de la prensa y luego desaparecidos, etc.

Nosotros exigimos que el Estado, el gobierno informe a los familiares de los desaparecidos, donde están sus seres queridos, qué hicieron con ellos, en última instancia dónde se encuentran sus restos , porque eso es lo que demandan sus familiares y el Estado tiene la obligación de dar esa información porque los desaparecidos son producto de la guerra contrasubversiva, de la aplicación de la política genocida del Estado que desató detenciones masivas , política de tierra arrasada, torturas, asesinatos, persecución indiscriminada, desaparición de familias enteras y hasta niños, crímenes de lesa humanidad. Hasta hoy se sigue encontrando fosas comunes en diferentes partes, con gran cantidad de huesos que pertenecen a decenas de personas, por lo que exigen ser identificados.

Cabe mención específica el caso de los desaparecidos de El Frontón en el genocidio de los penales ordenado por García Pérez en 1986, más de cien prisioneros, que sus familiares reclaman sus cuerpos de sus seres queridos, es un derecho que les asiste.

En conclusión, en este punto pedimos que el Estado, el gobierno informe a los familiares de los desaparecidos, qué hicieron con ellos, dónde están sus cuerpos, los familiares tienen derecho a tener una respuesta y tienen derecho a rendir homenaje a sus muertos.

e) Situación de los desplazados

Hay un promedio de un millón de personas desplazadas por acción de la guerra interna que han ido a incrementar las masas pobres de las barriadas en las ciudades costeñas, pero principalmente en Lima, donde viven en condiciones infrahumanas, en hacinamiento, en covachas sin las mínimas condiciones de habitabilidad y a los cuales el Estado les ha negado el derecho a la atención de sus necesidades básicas.

Por décadas, antes de la guerra, por la crisis general del capitalismo burocrático sobre la base de la semifeudalidad y dominio imperialista, las masas son expulsadas del campo, principalmente los campesinos pobres, porque este sistema les niega el derecho a trabajar y solventar sus necesidades básicas de alimentación, vivienda, vestido, salud, peor las de educación y otras. Con la guerra se incrementó ese desplazamiento. La línea y política genocida que el Estado aplicó en su guerra contrasubversiva, obligó a las masas a salir del campo y refugiarse en la ciudad.

La guerra ha terminado y nosotros planteamos que el Estado resuelva políticamente este problema. Pues el Programa de Apoyo al Repoblamiento (PAR) no lo ha resuelto, y más bien las masas han sido usadas como instrumento político llegando a formar las llamadas aldeas estratégicas para control de la población, obligando a organizarse a las masas contra su voluntad en función de la guerra contrasubversiva, organizándolas no precisamente para resolver sus necesidades, sino en función de las necesidades del Estado, que por su puesto no son las necesidades de las masas campesinas. El Estado debe asumir su obligación de resolver las necesidades básicas tanto de las masas que voluntariamente desean regresar a sus lugares de origen , como de aquellas masas que definan quedarse en la ciudad. En ambos casos el Estado debe resolver el problema de vivienda , dotándolas de las mínimas condiciones de habitabilidad, esto es, de los servicios de agua y desagüe, debe resolver el problema de trabajo, salud, de educación, etc. Así mismo el gobierno debe hacer un plan especial de desarrollo para las zonas afectadas por la guerra que beneficie principalmente al campesinado, a las masas pobres de los barrios y barriadas y a los trabajadores, prestando atención sustantiva a los inválidos, huérfanos y viudas de guerra.

En conclusión , pedimos al gobierno solución política a los problemas derivados de la guerra:

1º. En cuanto a la situación de los prisioneros políticos y prisioneros de guerra:

- Cese de la política y régimen carcelario de reducción, aislamiento y aniquilamiento sistemático y sofisticado y respeto de los derechos fundamentales universalmente reconocidos y específicamente la ampliación de los vínculos sociales, académicos y laborales para el Dr. Abimael Guzmán Reinoso -Presidente Gonzalo- y Elena Iparraguirre Revoredo -Camarada Miriam- y los demás prisioneros políticos y prisioneros de guerra que se encuentran recluidos en el Penal Militar de la Base Naval del Callao.

- Cierre del Penal Militar de la Base Naval del Callao y traslado a penales bajo la administración del INPE.

- Derogatoria de todos los Decretos leyes inconstitucionales promulgados a partir del 5 de abril de 1992.

- Nulidad de los procesos judiciales seguidos a civiles en el Fuero Militar y los procesos por tribunales sin rostro en el Fuero Civil.

- Libertad de los prisioneros comprendidos en el Decreto Legislativo 046.

- Retorno de los prisioneros a sus lugares de origen.

2º. Anular las requisitorias de todos los comprendidos por causales de la guerra interna.

3º. Cese de la persecución de los expatriados y se reconozca el derecho a retornar al país.

4º. Que se informe a los familiares sobre la ubicación de los desaparecidos y la devolución de los restos mortales. Respeto a los restos mortales de los caídos en estos años de guerra y se respete el derecho de sus familiares y amigos a visitarlos y rendirles homenaje.

5º. Plan especial de desarrollo para las zonas afectadas por la guerra que beneficie principalmente al campesinado, a las masas pobres de las barriadas y a los trabajadores , prestando atención sustantiva a los inválidos , huérfanos y viudas de guerra.


2.- Verdadera amnistía general en función de una futura reconciliación nacional

La amnistía es el olvido del delito de naturaleza política. La amnistía produce la extinción de la acción penal , de la culpabilidad, de la responsabilidad y de la pena. Tiene como objetivo restablecer la reconciliación, la concordia entre los ciudadanos, entre las partes después de un conflicto social. Es una institución política antigua, su existencia data desde los viejos tiempos del imperio romano. Es una necesidad para cerrar heridas dejadas en el proceso de la guerra interna, su aplicación es una necesidad después de una confrontación social y/o bélica. De ahí que se ha usado en la larga historia de la humanidad. En el Perú republicano, se ha otorgado amnistía en los diferentes gobiernos, la primera se dio en 1847 en el gobierno de Ramón Castilla. Luego vinieron otras, como la del 5 de abril de 1856, la de 1900, durante el gobierno de López de Romaña, la de 1908, la del 25 de Septiembre de 1909; todas éstas se dieron para resolver problemas derivados de delitos políticos y dentro de ellos delitos de rebelión contra el Estado. En las últimas décadas del siglo XX, el gobierno de Velazco Alvarado amnistió a quienes se levantaron en armas en las guerrillas del 65, y la de 1980, otorgada por el gobierno de Belaunde Terry para resolver la situación de quienes estaban detenidos, procesados, encarcelados, perseguidos por hechos políticos- sociales habidos durante el régimen de Velazco y Morales Bermudez. Y la última amnistía dada en el país ha sido en el primer gobierno de Fujimori, la Ley Nº 26479 (junio de 1995) otorgó amnistía al personal militar, policial y civil que participó en la lucha contrasubversiva desde mayo de 1980 hasta la fecha en que se promulgó la ley acotada. Esta amnistía liberó de responsabilidad a quienes cometieron delitos y crímenes de lesa humanidad. Consideramos que es una amnistía unilateral, para una parte, para una colina, en consecuencia no tiene como objetivo la reconciliación nacional.

Como ya es reconocido por los organismos del Estado y la opinión pública, el país ha vivido un proceso de guerra interna, iniciado el 17 de mayo de 1980 y que ya ha concluido. Consideramos que ese proceso de guerra popular que se extendió hasta abarcar casi todo el país y con amplia repercusión nacional, no es "terrorismo" como se le ha tildado repitiendo el término acuñado por el imperialismo norteamericano para combatir todo movimiento revolucionario pretendiendo así negar el justo derecho de los pueblos a rebelarse para transformar el orden de explotación y opresión; la guerra popular que se guió por la ideología del proletariado, dirigida por un Partido Comunista ha sido el movimiento social revolucionario más grande de la historia peruana y ha generado grandes cambios y transformaciones que no se puede ignorar y secuelas de la misma y problemas derivados que hemos sustentado en estos puntos y que deben ser resueltos políticamente. Por ello nosotros planteamos una verdadera amnistía general en función de una futura reconciliación nacional que es la solución política que necesita el pueblo, la nación y la sociedad peruana en su conjunto, reconciliación nacional sin vencedores ni vencidos, sin represalias, venganzas, persecuciones ni restricciones personales contra nadie, pues de lo contrario se prolongará y profundizará el enfrentamiento social con todas sus secuelas de encono y resentimiento.

La conformación del grupo de trabajo para la Comisión de la Verdad bajo su gestión debe servir para hacer una evaluación de todo el proceso de guerra interna vivido en el país y no puede sino concluir proponiendo una solución política a los problemas derivados de la guerra en el Perú. Y obviamente la Comisión de la Verdad no puede concebirse en forma unilateral sólo con la opinión de los organismos gubernamentales y la de las fuerzas armadas y fuerzas policiales que participaron en la guerra contrasubversiva sino también debe tomarse en cuenta la posición del Partido Comunista del Perú, de su Jefatura, el Dr. Abimael Guzman Reinoso-Presidente Gonzalo- y Elena Iparraguirre Revoredo -Camarada Míriam- , miembros del Comité Permanente Histórico del Partido Comunista del Perú quienes se encuentran hasta hoy recluidos en el Penal Militar de la Base Naval del Callao.

En conclusión, pedimos se otorgue una verdadera amnistía general que sirva a una futura reconciliación nacional.



Yanamayo, Febrero 2001




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